
SEGMENTO AUTOMOTRIZ
REQUISITOS PARA CAMBIO DE COMERCIALIZADORA
Los distribuidores abanderados por otras comercializadoras, interesados en afiliarse a la red de Petróleos y Servicios, previa solicitud elaborada por P&S, deberán presentar a la ARCENNR los siguientes requisitos:
a. DOCUMENTO DE DESVINCULACIÓN CON LA OTRA COMERCIALIZADORA
En caso de finalización del plazo establecido en el contrato de suministro suscrito entre la comercializadora y el distribuidor
El distribuidor, dentro de los plazos establecidos, notificará por escrito a la comercializadora, su intención de dar por terminado la relación contractual que mantiene con la comercializadora. Dentro del tiempo previsto para manifestar la voluntad de terminación del contrato antes del vencimiento del plazo inicial establecido en el contrato, con la notificación debidamente legalizada.
En el caso de que el cambio de ambiente del centro de distribución, se quiera realizar antes de la finalización del plazo establecido en el contrato
En estas condiciones el distribuidor debe presentar el Convenio o Acta de Resciliación firmado con la anterior comercializadora.
En el caso de que el cambio de ambiente se realice luego de la venta del centro de distribución
En este caso, el nuevo propietario no tendrá que presentar el Convenio o Acta de resciliación firmado con la anterior Comercializadora.
b. CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN ENTRE P&S Y EL DISTRIBUIDOR
Requisitos suscripción PERSONA NATURAL
- Escritura de propiedad de la estación de servicio (copia certificada).
- Cédula de ciudadanía y papeleta de votación actualizada anverso y reverso (copia simple).
- RUC con el nombre del establecimiento registrado (copia simple).
Requisitos suscripción PERSONA JURÍDICA
- Escritura de propiedad de la estación de servicio (copia certificada).
- Escritura de constitución de la empresa (copia certificada).
- Nombramiento del Representante Legal (copia simple).
- Cédula de ciudadanía y papeleta de votación actualizada del Representante Legal, anverso y reverso (copia simple).
- RUC con el nombre del establecimiento registrado (copia simple).
REQUISITOS PARA CREACIÓN DE UNA NUEVA ESTACIÓN
Las personas naturales o jurídicas interesadas en la implementación de un centro de distribución (estación de servicio) bajo la bandera de Petróleos y Servicios deberán contar con lo siguiente.
1. Factibilidad para el emplazamiento de un nuevo centro de distribución otorgado por la ARCH
Acorde al “Reglamento para Autorización de Factibilidades de Nuevos Centros de Distribución en los diferentes segmentos de mercado, excepto GLP”, del 02 de junio del 2023. Los requisitos para solicitar factibilidad de proyectos nuevos a la ARCH son:
- Escritura pública de propiedad del inmueble (terreno), inscrito en el Registro de la Propiedad
- Plano de ubicación del terreno (Debe cumplir con las distancias de seguridad mínimas para el desarrollo de una estación de servicio).
- Certificado de compatibilidad de “Uso de Suelo”
- Autorización del Ministerio de Defensa en caso de que el proyecto se encuentre dentro de la zona de frontera.
- Comprobante de depósito, correspondiente al pago por los servicios de regulación y control que presta la ARCH, costo del trámite: $600 dólares.
- Cronograma de avance de Construcción del proyecto en porcentaje.
- Formulario desarrollado por la agencia para el efecto.
Consideraciones importantes del terreno
La distancia entre centros de distribución autorizados y proyectos (factibilidades vigentes), del mismo segmento de mercado; u, otro segmento de mercado deberán ser al menos:
- 3.000 (tres mil) metros en zona urbana de acuerdo al uso de suelo (radio de influencia de abastecimiento urbano); distancia trazada en forma radial.
- 10.000 (diez mil) metros en zonas rurales de acuerdo al uso de suelo (radio de influencia de abastecimiento rural); distancia trazada en forma radial.
2. Obtención de otros permisos
El beneficiario de la autorización de factibilidad deberá garantizar entre otras aspectos, los siguientes:
- Obtener los permisos o licencias que se requieran para el inicio de la construcción del nuevo centro de distribución. (Municipales, con la entidad de control ambiental).
- Comunicar a la ARCH de manera oficial el inicio de la construcción del nuevo centro de distribución dentro del plazo de vigencia de la autorización de factibilidad otorgada.
- Con estos antecedentes y una vez obtenida la Licencia Ambiental, el distribuidor estará autorizado para realizar la adecuación del terreno y la construcción de la nueva estación de servicio.
3. Requisitos para Autorización de Operación y Registro de Nuevo Centro De Distribución
Acorde la Resolución No. 004-002-DIRECTORIO-ARCH-2015:
- Contrato de distribución con la comercializadora
- Documentos de representación del establecimiento (RUC, Cédula de ciudadanía y papeleta de votación)
- Póliza de seguros
- Memoria técnica de la infraestructura, conforme las disposiciones de la ARCH.
- Certificados de cumplimiento de normas de calidad y seguridad de toda la infraestructura, tablas de calibración de tanques, pruebas en tanques y líneas emitidos por un organismo de inspección calificado.
- Comprobante de pago original: correspondiente a los servicios que presta la agencia por concepto de registro de nuevo centro de distribución, por un valor de USD 2.300,0 dólares.
4. Autorización de Operación y Registro
Sobre la base del informe técnico, el Directorio Ejecutivo de la ARCH en el término de quince (15) días, otorgará al solicitante mediante Resolución, la autorización de operación y registro para realizar las actividades de distribución de derivados.
5. Facturación de Combustible
Una vez que la ARCH ha emitido la resolución de operación y registro del nuevo centro de distribución, Petróleos y Servicios presentará por escrito a la EP. Petroecuador la solicitud de ingreso de la nueva estación de servicio.
Como resultado de esta solicitud, la EP. Petroecuador ingresará al nuevo centro de distribución en el sistema de Teleprocesos y le asignará un código de facturación, a través del cual podrá efectuar compras de combustible, utilizando para el efecto, la banca privada con la que P&S mantiene convenios; con la factura generada retirará el producto desde el terminal o depósito que la EP. Petroecuador haya determinado.
PRODUCTOS
- Gasolina Extra
- Gasolina Súper
- Gasolina Extra con Etanol
- Diesel Premium